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Participación socio jurídica en la legislación municipal al impulsar la reforma de la ordenanza de los jueces de paz (página 2)




Enviado por Maria Enedina



Partes: 1, 2, 3

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Ordenanza de Justicia de Paz vigente, Jornada de despistaje de diabetes y
vacunación, Levantamiento topográfico para delimitar la comunidad y hacer
el croquis del sector, asamblea para integrar a la Coordinación de Indígenas
e Idiomas de la UBV al trabajo comunitario, Nombramiento de Comisión
Mixta (UBV-Comunidad) para solicitar reforma de ordenanza.

Acompañamiento a un encuentro deportivo en el mirador angostura,
realizar trámites oficiales para solicitar la entrega de reforma de ordenanza,
entrega de la propuesta de reforma de ordenanza, y finalmente se cerró con
una actividad del Movimiento por la Paz y la Vida, y la entrega certificados de
haber aprobado el curso de pemon dictado en la comunidad por la UBV.
Entre otras actividades se conto con la participación del Frente Francisco de
Miranda, con activistas del P. S. U. V. representantes de la Alcaldía de Heres
al llevar el Cine Calle, y con el Gobierno Nacional que les ha llevado la
Misión Deporte y el Gabinete de Protección Social.

Acciones que conllevan a la práctica de una justicia comunal digna
para quienes merecen todo el valor, el respeto y la dignificación por ser los
hijos e hijas autóctonas de Venezuela, el valor que los pueblos originarios
tienen es invaluable para el mundo.

II. Planteamiento del Problema:

Desde el primer encuentro efectuado en fecha 14-11-2010, se abrió un
proceso de comunicación muy espontaneo entre los miembros de la
comunidad y el grupo de estudiantes, en esta ocasión presentaron de forma
verbal una serie de problemas que estaban enfrentando, entre los cuales
tenemos:

1. Falta de reconocimiento jurídico en la normativa municipal de Heres, al
mantener vigente una ordenanza que data del año 2002, ajustada a
una ley del año 1994.

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2. Legalizar 10 hectáreas que tienen en el sector bravo chico para la
siembra, y necesitaban asesoría ante el proceso legal que debían
seguir ante el INTI.
3. Otorgamiento de la declaración jurada de no poseer viviendas para 03
mujeres de la comunidad.
4. Los enfrentamientos entre los miembros de los Consejos Comunales
que se reúnen en la Gallera.
5. Las malas palabras aprendidas por los niños en las escuelas.

Estas últimas propuestas llamaron poderosamente la atención porque
fue una queja inmediata presentada por los representantes de la comunidad
indígena ante la situación que viven los niños y niñas que recibían cierto tipo
de discriminación al asistir a la escuela.
En el
entorno de esta comunidad se dan algunas situaciones de
problemas menores que son tratados por el Consejo de Ancianos y que
pueden ser resueltos dentro del sector, así como algunos que deben ser
llevados ante las autoridades competentes, entre otras cosas, las principales
premisas que se presentaban en cada encuentro semanal, eran el deseo
habido de los integrantes del consejo comunal de recibir orientación jurídico
– administrativa para poder desarrollar sus labores en beneficio del colectivo.

Para diciembre del año 2010, se publica en Gaceta Oficial la Ley
Orgánica del Poder Popular, quien trae consigo la Justicia Comunal, de esta
manera nace la inquietud de poder llevar esta normativa legal a la comunidad
para que puedan aplicar la Justicia en su sector, en discusión en el aula de
clases se decide tomar la iniciativa y presentarle esta propuesta a los
habitantes del Sector Indígena Makushi, realizando entonces el Diagnostico
Participativo, donde universidad – comunidad juegan un rol importante para
el éxito de las acciones a través del proyecto comunitario.

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II.1. Diagnostico Participativo:

Para el día domingo 29-05-2011, se aplica en la comunidad el
Diagnostico Comunitario donde se realiza un trabajo de Campo
de la
siguiente manera:

1. Se aplico una metodología de interacción entre la comunidad y el
equipo de trabajo:

? Recorrido por la comunidad.
? Recolección de Información.
? Entrevista con líder comunitario.
? Encuesta casa por casa.
? Encuesta individual y grupal.
? Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

2. Herramientas técnicas utilizadas:
? Convocatoria a través de vía telefónica y escrita.
? Planilla de recolección de asistencias.
? Levantamiento de actas.
? Formato de Encuesta.
? Leyes y ordenanzas.

3. Responsabilidades y necesidades encontradas:
? Transporte.
? Material de apoyo( lápiz, hojas blancas, papel bond, marcadores)
? Convocatorias.
? Cámara digital.

4. Evaluación y Monitoreo.
? Guía para la sistematización.
? Aplicación de Encuesta.

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? Formato de Acta de Reunión.

II.2. Recursos, Métodos y Técnicas:

II.2.1. Recursos utilizados durante la investigación:

? Convocatorias: se utilizan de forma escrita y oral, en función de
lograr
la
concentración
de
los
vecinos,
representantes
de
organizaciones
comunitarias
e
instituciones
en
asambleas
y
reuniones.

? Material jurídico –legal: permite tener conocimiento de todas los
fundamentos jurídicos – legales y administrativos para la planificación
de acciones en la viabilidad del proyecto.

? Medios de Comunicación: para la divulgación y propaganda de la
situación y avance del problema y que este sea de conocimiento
general, de manera que se pueda obtener apoyo en un determinado
momento.

? Oficios escritos: se presentan como una alternativa para hacer más
fácil y formal el enlace entre comunidad e instituciones.

? Llamadas telefónicas: es una herramienta tecnológica necesaria
para organizar a distancia las reuniones.

? Presupuesto y propuesta de gastos: son actos administrativos que
conllevan a la presentación de forma presupuestaria los gastos que se
van a generar en el desarrollo de las actividades.

? Medios Audio Visuales: para presentar la información necesaria y
así los habitantes del sector se enteren y puedan manejar información
de su proyecto y facilitar la divulgación del mismo.

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? Mesas, sillas, vehículos (Recursos logísticos);
son todos los
recursos que permiten realizar las asambleas y reuniones dentro de la
comunidad.

II.2.2. Método:

? Asambleas de ciudadanos y ciudadanas o fórum comunitario: es
el escenario por medio al cual se impulsan la tomas de decisiones
desde la participación del colectivo.

II.2.3. Técnica:

Es un proyecto de investigación – participación y acción social –
comunitario, donde se aplica la observación con la técnica de la investigación
acción participativa (I. A. P.) y se considera que dentro de las distintas ramas
de la investigación se deben tomar en cuenta las formas Cualitativa y
Cuantitativa. Se debe aplicar una metodología de acción – participación
donde la investigación científica está presente como la ciencia que provee al
investigador de una serie de conceptos, principios y leyes que nos permite
encauzar de modo eficiente y tendiente a la excelencia del proceso de la
investigación en un proceso ordinario.

II.3. Instrumentos Aplicados para Determinar el Problema Central:

En fecha 29-05-2011, se aplico una encuesta comunitaria, (modelo de
encuesta aplicada, anexo 19, pág. 114) con visitas casa por casa, (registro
fotográfico, anexo 14, pág. 112) generando los resultados siguientes:

1) Necesidades planteadas:

? Prioridad Presentada por la Comunidad:
o Conformación en Comuna Indígena (involucrando todas las
etnias del municipio).

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o Reformar la Ordenanza de Justicia (para el reconocimiento de
los principios constitucionales).
2) Resumen de la Encuesta: (Tabla Nro.06, anexo 06, pág. 109)
Calles:
Comunidad: Makushi, Sector Cardozo, Parroquia José A. Páez.
Amores y Amoríos, Primavera y Troncal vía Cd. Piar.
Muestra: 13 familias entrevistadas.
Población Aproximada: 80 personas.
Problemas que resolverían: Conductas impropias de vecinos (falta de ropa),
escases de vivienda y pobreza, necesidades de la comunidad, conflictos
entre vecinos, combatir la inseguridad, falta de agua.

Logros: Armonía en la convivencia y la toma de decisiones.

3) Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas:

Al finalizar el recorrido por las casas de la comunidad, se realizo una
asamblea para presentar la propuesta ante los asistentes y debatir cual sería
la prioridad inmediata para ellos dentro de los problemas presentados, en
una muestra de población de trece (13) familias entrevistadas, y con la
reunión del más del 60% de los habitantes del sector, se analizo la
información recopilada, arrojando el siguiente resultado.

II.4. Situación problemática escogida por la Comunidad:

Conflictos vecinales sin solución por la falta de ordenamiento
jurídico en la normativa municipal de Heres, al mantener vigente una
ordenanza que data del año 2002, ajustada a una ley del año 1994.

II.4.1. Características de la Situación Problemática:

? Es socio jurídico.

? Afecta el libre desarrollo de la personalidad de los niños y niñas.

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? Conlleva a la muerte de los valores ancestrales indígenas.

? Crea un vacío legal y constitucional en el ámbito municipal.

? Permite el irrespeto a los aborígenes con más experiencia en la tribu,
usos y costumbres autóctonas.

? Impide la aplicación de los medios alternativos de resolución de
conflictos por no tener una figura jurídica que acompañe las
negociaciones.

II.4.2. Causas:

? Pérdida de Valores.

? Descomposición social y familiar.

? Protagonismo.

? Falta de orientación u asesoría legal y a la desorganización
comunitaria.

? Irrespeto a las costumbres y cultura indígena.

? Normas jurídicas que no se ajustan al texto constitucional.

? Alejamiento a los entes que imparten justicia.

II.4.3. Relaciones:

Se puede observar que dentro de las prioridades expuestas por los
asistentes
en
la
asamblea
de
ciudadanos
y
ciudadanas,
como
categóricamente
manifestaron
que
las
condiciones
de
sus
vidas
particularmente en el caso del irrespeto por su condición de ser los propios
dueños de estas tierras y el derecho consagrado en la Constitución Nacional

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de ser originarios de esta nación, les causa una desviación a sus usos y
costumbres, que sus nuevas generaciones van a ir olvidando con el paso del
tiempo cuáles son sus verdaderas raíces.

II.4.4. consecuencias:

? Descontento en el seno de las comunidades.

? Conflictos vecinales permanentes.

? inestabilidad social, jurídica y moral

? Restringe la normativa, desajustando los preceptos legales, las
nuevas formas de participación y la sana convivencia en la
formación y aplicación de la Justicia en el ámbito Municipal.

? impide que los conflictos que se presenten en el seno de las
comunidades no sean resueltos por la vía de los medios
alternativos de solución de conflictos.

? Perdida de las costumbres ancestrales.

II.4.5. Formulación del Problema:

Luego del trabajo investigativo y la realización del diagnostico, el
grupo universidad – comunidad hacen la formulación del problema, en una
interrogante que solo puede ser respondida al elaborar un instrumento
jurídico legal que sirva de beneficio para todos y todas. La pregunta por
responder es la siguiente:

? ¿Cómo contribuir en la resolución de conflictos vecinales y
reconocimiento jurídico de las comunidades del municipio Heres
del estado Bolívar?

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III. Objetivos de la Investigación.

III.1. General:

Proponer una reforma a la ordenanza de justicia de paz para la
solución de los conflictos vecinales y el reconocimiento jurídico de las
comunidades del Municipio Heres del estado Bolívar.

III.2. Específicos:

1. Describir la situación actual de la comunidad indígena Makushi en el
ejercicio de la justicia de paz y su organización acorde a la ordenanza
municipal en el municipio Heres del estado Bolívar.

2. Sistematizar los referentes teóricos de la justicia de paz comunal, sana
convivencia y participación social en Venezuela.

3. Diseñar la propuesta de reforma a la ordenanza de justicia de paz con
la participación de las comunidades indígenas del municipio Heres del
estado Bolívar.

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IV. Justificación del Proyecto.

Actualmente el reconocimiento a los pueblos originarios sigue siendo
un trabajo titánico, aun cuando desde el gobierno nacional se generan planes
y la asamblea nacional aprueba leyes en su favor, estas no son respetadas
en muchos casos sus valores ancestrales son violados por la mano del
hombre que habita en los centros urbanos. Muchos de los desplazamientos
de los indígenas de zonas boscosas hacia la zona urbana son por abusos de
autoridad que han tenido que vivir, o porque están buscando el respeto de
los demás habitantes del país.

Cuando te vas más allá de tus fronteras y recorres los barrios,
empiezas a entender porque hay indígenas en las calles, en condiciones
inhumanas pidiendo plata para poder subsistir, de que les vale ser pisatarios
de las tierras, ¿es justo? no se logra saber, hasta que no se vive; lo que si
deben entender los entes gubernamentales es que Venezuela necesita una
mejor planificación en la aplicación de la justicia social para evitar que se
continúen formando leyes donde no se respeten los valores, ni los principios
constitucionales, que abarquen la solidaridad, el respeto y el amor por los
usos, costumbres y culturas de la tierra venezolana.

El tratar este problema es de una importancia fundamental para lograr
que las familias adquieran una seguridad social en cuanto a sus normas de
convivencia y que a su vez pueda ser reconocida su cultura; que se le dé la
formalidad legal que le corresponde, no se trata de mirar hacia atrás y culpar
a alguien de los fenómenos que se dan en los ámbitos comunitarios, sino de
avanzar en la consolidación del proceso propuesto por el Presidente Chávez
el pueblo legislador haciendo sus propias normas jurídicas.

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IV.1. Razones sociales:

El reconocimiento de los valores indígenas, la sana convivencia y la
participación social son las bases fundamentales para que se aplique una
justicia comunal expedita, en el ámbito territorial del municipio Heres, existe
en la actualidad una violencia desatada por la descomposición familiar y la
pérdida de los valores, así como el irrespeto a la cultura, es por esto que se
hace necesario impulsar la reforma de normas obsoletas que no se adaptan
a los preceptos constitucionales.

Dentro de la propuesta del proyecto de ordenanza se estima
revalorizar las distintas formas de aplicar la justicia a través de los medios
alternativos de resolución de conflictos para disminuir en cierta formas la
discriminación racial sufrida por los hermanos y hermanas indígenas, así
como también evitar los conflictos entre vecinos, y mantener la paz en las
comunidades que son parte importante del desarrollo del país.

IV.1. Razones económicas:

El poder judicial junto a todas las instituciones que lo conforman
tribunales, fiscalías, defensas u otros, tienen en su haber infinidades de
casos y problemas que resolver, esto causa en muchas ocasiones gastos
exorbitantes al Estado, si se utilizan los medios alternativos de resolución de
conflictos mediante la elaboración de unos instrumentos legal, que a nivel
local coadyuve a resolver los conflictos vecinales se estaría desconcentrado
la justicia y abaratando los costos, tanto para los usuarios, como para los
órganos de justicia.

Establecer alternativas de solución en el propio seno de las comunidades,
evitaría gastos que les generaría a los interesados, por tener que trasladarse,
y el resto de los efectos económicos que genera llevar un juicio en los

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tribunales cuando son casos de menos importancia, y que con la simple
conciliación, debate o negociación puede resolverse.

IV.2. Razones Políticas:

Como política pública impulsar la Reforma de la Ordenanza de Justicia
Comunal sería una puerta abierta para crear espacios de discusión y debate
en las barriadas. Se ajustan las normativas legales, a través de mesas de
trabajo y los indígenas junto a los habitantes de las comunidades rurales y
urbanas, se convierten en el pueblo el legislador que va a dirigir los hilos de
un trabajo que generará procesos electorales en cada uno de los sectores
que conforman el municipio.

IV.3. Razones Culturales:

La cultura pemón es de vieja data, históricamente no se sabe cuando
realmente se inicio pero si se tiene conocimiento de que son amantes de la
madre naturaleza y que sus principios y valores son muy firmes. La justicia
para esta raza es el “respeto” por encima de todas las cosas. En estos
momentos no logran entender porque sus niños, niñas, adolescentes y
jóvenes se tienen que ver obligados a recibir educación en colegios que no
son bilingües como estipula la Ley, donde aprenden malas palabras y
groserías.

La consecuencia principal que genera esta situación en la normativa
legal, les impide darle un carácter más formal a sus creencias, y garantizar la
permanencia en el tiempo de su costumbre; sería un reconocimiento valioso
para esta tribu que así como lo mencionan en la Ley de Indígenas también
este enmarcado dentro de las demás leyes.

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V. Marco Teórico.

V.1. Antecedentes:

La investigación realizada se enmarca dentro de los parámetros de
otras investigaciones que se relacionan con el tema expuesto, entre las
cuales tenemos:

V.1.1. Denominación del Trabajo:

“Importancia de la Participación Ciudadana en los Proyectos de
Ordenanzas en el Municipio Naguanagua”

Autora:

García Araque Elizabeth del Carmen

Lugar:

Municipio Naguanagua, Estado Carabobo.

Fecha de Realización:

Marzo de 2013.-

Conclusiones:

El logro sobre las gestiones de los municipios no depende de forma
exclusiva de los órganos que lo conforman como la alcaldía y los concejos
municipales, si bien es cierto que estos tienen una función relevante para le
eficiencia de la gestión local, para que exista una eficacia y eficiencia
completa es necesaria la unión bipartita de los ciudadanos y los entes
públicos. Puesto que solo de esta manera se lograría satisfacer las
necesidades que demanden los gobernados locales, que son los que en su
día a día se ven inmersos en la situación de su localidad y son estos los que

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conocen la problemática que se presentan y que son necesarias de
normatizar.

Recomendaciones:

? Es necesario que los ciudadanos del Municipio de Naguanagua,
asuman sus derechos pero también sus deberes dentro de las tomas
de decisiones en la comunidad local.

? Le Corresponde al Concejo Municipal Bolivariano de Naguanagua,
actuar con el fin de hacerles llegar a la comunidad información sobre
la importancia de la participación ciudadana, pero no de forma pasiva
sino de forma activa programándoles charlas, talleres, a demás de
reuniones con los concejos comunales sobre los posibles temas a ser
debatidos en las ordenanzas.

? Realizar los cabildos abiertos y escuchar a los ciudadanos sobre sus
preocupaciones a nivel local para indagar qué puntos realmente debe
tocar para llegar a reglamentar a través de ordenanzas.

V.1.2. Denominación del Trabajo:

“Orientación Socio-Jurídica al Consejo Comunal y Tramitación de la
Titularidad de la Tenencia de Tierra Urbana en la Comunidad la Concordia
Parroquia Corazón de Jesús Municipio Barinas Estado Barinas Periodo 2007
– 2012”

Autores:

Estudiantes del P.F.G Estudio Jurídico Sección U. Barinas, febrero
2012.

Lugar:

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Municipio Barinas Estado Barinas.

Fecha de Realización:

Febrero 2012.

Conclusiones:

En el desafío del desarrollo transformador de las comunidades con los
nuevos paradigmas políticos interculturales integracionistas y participación
comunitaria, es imprescindible referirnos primeramente al insustituible papel
mediador del espacio comunitario entre el individuo y la sociedad. Quiere
decir que es importante que el desarrollo de la sociedad “involucre” las
aspiraciones de los grupos sociales locales; por otro lado, los sujetos
sociales son aquellos quienes tienen la capacidad de construir y transformar
proyecto de pequeña y gran escala, como por ejemplo las concepciones de
nación, región, ciudad, la idea de futuro y progreso, todas ellas son proyectos
sociales.

Por ello estamos de acuerdo en afirmar que en la Ciudad de Barinas y
su diversidad comunitaria requiere reconceptualizar los recursos con los que
cuentan devenidos del acervo del saber práctico valido durante años y
generado por las propias comunidades. Nos referimos a recursos no
convencionales de la conciencia social, la cultura organizada, la capacidad
de gestión, la creatividad popular, la energía solidaria y el entrenamiento
ofrecido por instituciones de apoyo.

Consideramos de especial interés la profundización en la comprensión
de cuán importante resulta los elementos señalados para la potenciación y
empoderamiento de nuestras culturas, la interacción es esencial para que la
comunidad tenga una verdadera dinámica propia, también permite a la
comunidad auto desarrollarse, lo que implica que sus miembros satisfagan
sus necesidades y experimenten ese crecimiento cultural desde su vivencia

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personal y colectivas. La calidad con que la comunidad lleve a cabo estas
funciones garantizará la satisfacción de las necesidades de sus miembros y
por consiguiente la consolidación del sentido de soberanía de comunidad y
sus tradiciones y el desarrollo comunitario integral con el aumento de la
autonomía y el servicio comunitario.

Los objetivos y las estrategias son elementos de gran valor en sentido
de organizar y direccionar las acciones de sus integrantes, dirigidas a el
fortalecimiento de la comunidad La Concordia con las instituciones
gubernamentales y el papel colaborador estudiantil garantizando las
acciones que en este caso tributan a la dimensión objeto de estudio, no
queden aislada y se articulen en la comunidad.

Al lograr y mantener la interacción con el consejo comunal nos
permitió el desarrollo de los mecanismos necesarios para el logro de las
metas propuestas. Ahora bien la investigación genero la orientación socio –
jurídica del consejo comunal y tramitación para la titularidad de la tenencia de
la tierra urbana en la Urbanización La Concordia Periodo 2007-2012;
actividad que nos permitió orientar a los habitantes para que adquieran el
conocimiento jurídico en cuanto a su organización y las normas a seguir para
lograr la formación y ejecución de acciones comunitarias.

Así mismo, desarrollar inducciones educativas sobre el marco legal de
la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia
con otras leyes, donde se inicia la participación del pueblo en la formación y
control de la gestión pública como medida defensora para la preservación de
las políticas públicas y bienestar colectivo, mediante talleres comunitarios,
dirigidos al fortalecimiento de la democracia participativa y la autoestima,
todo ello enmarcado en los principios de soberanía, autogestión y
solidaridad; y así consolidar en la Comunidad el mejoramiento de sus
intereses colectivos para la transformación social del Consejo Comunal.

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Independientemente a que el profesional del PFG de Estudios
Jurídicos de la Universidad Bolivariana de Venezuela, sea poseedor de un
grupo de conocimientos y herramientas necesarias para llevar a cabo el
proceso de intervención en una situación o problemática determinada es
imprescindible insistir en las condiciones humanitarias y éticas que han de
dar carácter al mismo para su desempeño y logro de metas a alcanzar.

Recomendaciones:

? La unidad curricular de proyecto como marco dinámico propuesto por la
revolución universitaria, se hace necesario para el avance de la dialéctica
de la casa de los saberes.

? El proyecto concebido como la respuesta al movimiento popular debe
estar vinculado Facilitador, Estudiantes y Comunidad desde el inicio del
PFG hasta la culminación del mismo.

? Planificar programa que promuevan y permitan a los habitantes de la
comunidad de integración a través de los diferentes medios de
participación ciudadana con sentido de pertenencia para hacer parte y
formar parte de los proyectos socio jurídico comunitario.

? Mantener la formulación y ejecución de proyectos socio jurídico que
benefician a la comunidad, vinculados a las políticas públicas, para lograr
así la participación y el protagonismo del pueblo.

? Hacer una propuesta de proyecto que se aleje de una simple metodología
de estudio para crear un proceso de adquisición de conocimiento de
proyecto, pensando cómo situación, como fenómeno de transformaciones
esenciales.

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V.2. FUNDAMENTACION TEORICA:

Como referente teórico se cuenta con la descripción de los conceptos
que están enmarcados dentro del proyecto comunitario planificado y las
distintas acepciones que involucran el trabajo desarrollado, en cuanto a las
definiciones se tienen, las siguientes;

Justicia de Paz

Es un medio alternativo de resolución de conflictos que se aplica en el
territorio de la República Bolivariana de Venezuela y en otros países, se
establece en la Constitución, en su Art. 258;

"La Ley organizará la justicia de paz en las comunidades,
los jueces y juezas de paz, serán elegidos o elegidas por
votación universal, directa y secreta conforme a la ley". (C. R.
B. V. 1999-2000).

De esta manera se puede asegurar que la justicia de paz es entendida
como una forma de administrar justicia, distinta a la justicia ordinaria, donde
se procura resolver controversias en la comunidad, buscando la convivencia
pacífica entre los ciudadanos, teniendo como norte agotar la conciliación y el
acuerdo entre las partes.

En la justicia de paz se administra justicia no con apego a un texto
legal, sino por el contrario, es una justicia informal cuyo sustento es la
conciliación, el dialogo, el sentido común y el apego a la justicia como un
valor.

De acuerdo a lo indicado por Mago Bendaham (1994, p.38);

"el fundamento de la Justicia de Paz es la necesidad de más sentido común
que aplicación de la ley para obtener la justicia".

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De allí, pues que la comunidad indígena Makushi alienta a la
aplicación de esta forma de impartir justicia para resolver los conflictos dentro
y fuera de sus comunidades, se trata de utilizar el sentido común como orden
prioritario para resolver pequeñas disputas y darle celeridad a los procesos
en el propio seno del ámbito territorial de los sectores.

Señalaba Ponce (1997, p. 252);

"La Justicia de Paz, representa una escuela de organización
vecinal, de rescate de los líderes comunitarios reales de
respeto, unión y trabajo común para alcanzar las metas de la
comunidad. Representa una nueva forma de participar,
representa
el
fortalecimiento
de
nuestros
movimientos
vecinales".

Es decir, es un verdadero instrumento educativo, asimismo señala
Mago Bendahan (1994, p.104);

"La educación va a ser el puntal imprescindible para el éxito de
la Justicia de Paz"

Pues, se educa participando, tomando parte de su problemática
cotidiana y no estando de espalda a la misma, con la integración de todos los
sectores y los habitantes del municipio se puede lograr una verdadera paz
como está establecido en la norma constitucional.

Antecedentes de la justicia de paz venezolana;

El término justicia de paz, no es nuevo, ya que el libertador Simón
Bolívar, promueve la implementación de este medio alternativo de resolución
de conflictos en el año 1819, como lo señala Mago Bendahan en el año
2007, escribió lo siguiente;

“En la Constitución de Angostura (1819), el propio Libertador Simón
Bolívar había ordenado: «En cada parroquia habrá un juez de paz […]

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él debe oír a las partes sin figura de juicio […] procurando transigirlas
y reducirlas a concordia».

La asociación civil «Constitución Activa» fue la pionera en la
promoción de la Justicia de Paz en Venezuela, y fue ella la que inició
ese movimiento antes desconocido en el país.

Su director-fundador Oscar Mago Bendahán presentó en 1989 el
primer proyecto de Ley de Tribunales Vecinales de Paz, y realizó en
1990 en el Concejo Municipal de Caracas, el primer taller de Justicia
de Paz en el siglo XX en Venezuela. Luego se fundó en 1992 los
primeros tribunales de paz del país. Fue el Juez Superior Alirio Abreu
Burelli, hoy Magistrado de la Corte Interamericana de Justicia, quien
valoró muy positivamente la propuesta y felicitó por ella a su redactor.
Al cabo de un tiempo, y sorpresivamente, el Juez Abreu Burelli la
presentó al Congreso de la República, donde fue aprobada ya en 1993
bajo el nombre de «Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos de
Paz»
1994
se aprobó la actual Ley Orgánica de Justicia de Paz
venezolana”. (O. Mago. 2007.)

Es de esta manera, como se da a conocer esta forma de impartir
justicia, y como se va adaptando a los preceptos jurídicos que tiene la
República Bolivariana de Venezuela, en la actualidad la Constitución del
1999, la refiere y a través de ella se le da el repunte que necesita para poder
recuperar los valores en las comunidades del país.

Justicia de Paz Comunal:

La justicia de paz como se conocía fijaba sus antecedentes en
Venezuela desde la época de la colonia, en los cambios estructurales en la
legislación nacional, nace el nuevo termino de Justicia de Paz Comunal y así

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está definida en el Artículo 2, de la nueva ley Orgánica de la Jurisdicción
especial de Justicia de Paz Comunal, que señala:

“La justicia de paz comunal comprende el ámbito de la justicia
de paz, que promueve el arbitraje, la conciliación y la mediación
para el logro o preservación de la armonía en las relaciones
familiares, la convivencia vecinal y comunitaria; y el ámbito de
las situaciones derivadas directamente del derecho a la
participación ciudadana con relación a las instancias y
organizaciones del Poder Popular, así como las generadas
como producto del funcionamiento de éstas.”

Es por esto, que la comunidad indígena Makushi al recibir las charlas,
talleres y enseñanza acerca de esta forma alternativa de resolución de
conflictos apoya la idea de que se implemente el cambio en la ordenanza y
se apliquen normas que coadyuven a una sana convivencia, ya que tratan de
rescatar esas relaciones familiares, vecinales y comunitaria, garantizando el
respeto a los derechos humanos, y la preservación de los valores en la
aplicación de los principios constitucionales que tanto se necesitan.

Principios de la Justicia de Paz Comunal:

En este sentido consideran los habitantes de la comunidad Makushi
que su aporte en la redacción del texto de ordenanza sería fundamental,
debido a las creencias que tienen, esto les permite tener valores ancestrales
que no son aplicados con tanta severidad en las comunidades urbanas. En la
misma ley antes mencionada se pudo constatar que el Art. 7, señala;

“La justicia de paz comunal se rige por los principios de
protagonismo popular, autonomía, corresponsabilidad entre el
Poder Público y el Poder Popular, responsabilidad, conciencia
del deber social, igualdad social y de género, defensa de los
derechos humanos, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad,

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rendición de cuentas, control social, transparencia, oralidad,
concentración, inmediación, brevedad, simplicidad, equidad,
proporcionalidad,
imparcialidad,
accesibilidad,
celeridad,
gratuidad y garantía del derecho a la defensa, la igualdad
procesal y el debido proceso.

Participación Ciudadana:

Cuando se trata de comunidades se debe tomar en cuenta la
participación protagónica del pueblo y es por esto que dentro del trabajo de
campo se interactuó con las personas dentro del término establecido como
participación ciudadana.

En este sentido señala Rondón de Sansó (2002, p. 70); concibe la
participación ciudadana como;

“El proceso social, continuo y dinámico, en virtud del cual los
integrantes de una sociedad, a través de organizaciones
legítimas y representativas de los canales establecidos deciden,
aportan y reciben en la realización del bien común.”

De esta manera la comunidad logra ver la participación como un
proceso social por medio del cual la población organizada accede
conscientemente a la toma de decisiones en las cuales está involucrada con
relación al bienestar social.

Por esto, se concibe la aplicación de la justicia de paz dentro de un
proceso, comunitario que implica una acción en la historia, una sucesión de
acciones en el tiempo y en el espacio; es social, porque se refiere a las
relaciones recíprocas de los seres humanos; es dinámico, porque requiere
movimiento,
no
es
estático,
tiene
fuerza
activa
que
se
renueva
continuamente.

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44 –
Participación Ciudadana Derecho Humano Fundamental;

La participación ciudadana como derecho político se encuentra
inmersa en el texto constitucional dentro del Capítulo IV del Título III relativo
a los Derechos Humanos Garantías y Deberes, puesto que en el ámbito
comunitario los derechos políticos tienen un papel fundamental y este
aspecto es perfectamente aplicable el principio de preeminencia del que
gozan los derechos fundamentales de acuerdo al artículo 2
de la Carta
Magna.

Este guarda una relación estrecha con los artículos 22 y 23 que
indican
que
la
participación
ciudadana
al
ser
considerada
constitucionalmente como derecho humano fundamental, guarda un orden de
preferencia y prioritario, pues es en el seno de las comunidades donde se
vincula la obligación del Estado de facilitarle a los actores comunitarios el
goce o ejercicio de la participación como una garantía que debe proporcionar
los medios y las condiciones para su práctica.

Participación Social;

Tomando en cuenta que la partición y la acción van de la mano dentro
de toda sociedad, es que se toma en consideración la participación social
dentro del proceso de elaborar la propuesta de la reforma de ordenanza, y se
puede definir así;

“Es la intervención de los ciudadanos en la toma de decisiones
respecto al manejo de los recursos y las acciones que tienen un
impacto en el desarrollo de sus comunidades.” 7 (Web, 2010).
7
Tomado de:
http://www.consejosescolares.sep.gob.mx/es/conapase/Que_es_la_Participacion_Social

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45 –
En este sentido, la comunidad indígena Makushi visualizo la
Participación Social como un legítimo derecho de los ciudadanos más que
como una concesión de las instituciones, porque con ella se facilitó, el trabajo
investigativo de campo ya que las comunidades organizadas hicieron llegar
su voz y así nació la propuestas que fue entregada al concejo municipal,
pues la participación social impulsada por consejos es una práctica motivada
por los entes gubernamentales.

Ha sido la acción decidida y comprometida de los habitantes del sector
Makushi que logro desarrollar un proyecto de propuesta de ordenanza, ya
entregada al concejo municipal, y de esta manera se siente la contribución a
la concertación de las voces y los esfuerzos de los agentes sociales
vinculados -en diferentes niveles y alrededor de diversas tareas-, con las
acciones participativas.

Direccionalidad de la Participación Social con los Consejos Comunales;

En general, posibilitan la articulación de esfuerzos en dos direcciones:
?

?
En la horizontal, entre múltiples actores, temas variados, programas
estratégicos federales y nacionales; y

De manera vertical, entre los diversos niveles de consejos, desde el local
hasta el nacional.

Supuestos de la Participación Social:

La participación social es vista como un proceso en el cual se actúa junto
con los otros miembros del grupo o comunidad, en condiciones de igualdad
por el bien común con conciencia de responsabilidad ciudadana en todas o

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46 –
cualquiera de las etapas de un proyecto, así como el que se desarrolló en la
comunidad indígena Makushi.

La Participación Social supone:
?
?
?
?
?
?
?
?
?
?

?
?
?
Dedicar un tiempo.
Disponer de un espacio de encuentro con los otros.
Valorar lo colectivo.
Valorar la propia aportación.
Concebir la educación como tarea común.
El aprovechamiento racional de los recursos.
La distribución de las tareas y diversificación del trabajo.
La riqueza de puntos de vista.
La aportación de apoyo y respaldo a las iniciativas.
La colaboración en: la resolución de conflictos, la toma de decisiones
y la realización de proyectos.
La asunción de las funciones propias.
El intercambio de información y experiencias.
El mejoramiento del clima educativo.
Sana Convivencia;

Aun cuando la sana convivencia se percibe dentro del ámbito
educativo, pues es aplicable en el trabajo comunitario porque esta hace
crecer de forma humana y proporciona armonía, la sana convivencia busca
organizar ambientes armónicos, coordinados, que formen a las personas en
buenas costumbres evitando, así la violencia. 8
8
El referente teórico para llegar a esta conclusión del termino de Sana Convivencia se tomo
de la pagina web: http://www.lasallebga.edu.co/web/index.php/publicaciones/351-la-sana-
convivencia

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47 –
Pues bien, se dice que la sana convivencia lleva a vivir los valores y
permite el desarrollo humano de las personas, a través de ella se aprende a
convivir con los otros, expresarse, dialogar, resolver las diferencias, saber
trabajar y solidarizarse.

Objetivo de la sana convivencia:

De acuerdo a lo aprendido en el proceso de retroalimentación vivido
en la comunidad indígena Makushi se puede señalar que el objetivo de una
sana convivencia es el valorar a las demás personas, y saber que se cuenta
con la oportunidad de dar a conocer los valores y costumbres, aprendidos en
la interacción comunitaria, pues se trata de ser sujetos capaces de compartir
con el colectivo, sin utilizar la violencia en un ambiente de igualdad y
solidaridad.

V.3. FUNDAMENTACION LEGAL.

1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Justicia de Paz en la Constitución Nacional:

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año
1999, contempla la justicia de paz, y así lo establecen los artículos
siguientes:

“Art. 178: Son de la competencia del Municipio el gobierno y
administración de sus intereses y la gestión de las materias que le
asigne esta Constitución y las leyes nacionales.

Numeral 7: Justicia de paz, prevención y protección vecinal y
servicios de policía municipal, conforme a la legislación nacional
aplicable.

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48 –
Art. 258: La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los
jueces o juezas de paz serán elegidos o elegidos por votación
universal, directa y secreta, conforme a la ley.

La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y
cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos.”
(C. R. B. V. 1999-2000).

Durante el análisis del texto constitucional se pudo constatar que la
justicia de paz está inmersa dentro de los preceptos establecidos en el
ordinal 7, del artículo 178, que establece dentro de la competencia municipal
la justicia de paz, asimismo el artículo 258, segundo aparte de la carta
fundamental que incluye dentro del sistema de justicia los medios
alternativos de justicia, dentro de las cuales figura la justicia de paz.

Es por esto que el principal objetivo que se persigue con al promover la
reforma de la ordenanza a través de la participación social del pueblo, es
para hacer validar esta forma de administrar justicia con la democratización
de las acciones, acercarla al ciudadano, y hacerla más confiable, es decir,
afianzar en el pueblo el valor justicia, a través de la búsqueda del mayor
acceso de la población.

La Justicia de Paz está enmarcada dentro de los principios de oralidad,
simplicidad de formas, igualdad y gratuidad. Otro objetivo que persigue es
que el ciudadano común, el vecino se involucre en la resolución de sus
problemas cotidianos, procurando solventar las controversias de su
comunidad, buscando la sana y pacífica convivencia.

La Participación en la Constitución:

Establece pues, la carta magna desde su Preámbulo CRBV, la
participación protagónica del pueblo, y así lo señala: "… con el fin supremo

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49 –
de refundar la República para establecer una sociedad democrática,
participativa9 y protagónica…" (C. R. B. V. 1999-2000).

Pues bien, se cuenta con la sociedad para transformar la realidad del
país, y así mismo a nivel local se trata de lograr con la participación
ciudadana en el ámbito social cambiar un ordenamiento jurídico que logre
transformar la realidad del municipio Heres.

En este mismo orden de ideas se cita el artículo 62, que refiere lo
siguiente:

“Artículo 62. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el
derecho de participar libremente en los asuntos públicos,
directamente o por medio de sus representantes elegidos o
elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución
y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr
el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto
individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de
la sociedad facilitar la generación de las condiciones más
favorables para su práctica.” (C. R. B. V. 1999-2000).

En atención a lo estipulado en el Artículo 62, también se establece una
serie de artículos que a continuación se explican por si solos acerca de la
participación, sus medios, el protagonismo del pueblo, así como también los
derechos que tienen los pueblos originarios a participar en las políticas
públicas, según la relación siguiente:

Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo
en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el
referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas
legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea

9
Las negritas en los artículos fueron colocadas por los estudiantes para resaltar los términos
que se relacionan con el proyecto.

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50 –
de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter
vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de
atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas
sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la
empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de
la mutua cooperación y la solidaridad.
Artículo
125.
Los
pueblos
indígenas
tienen
derecho
a
la
participación política….

Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del
territorio atendiendo a las realidades…..sociales, culturales, económicas,
políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya
la información, consulta y participación ciudadana.

Así como lo señala el Articulo 128 los hermanos y hermanas Makushi
de acuerdo a su realidad, tuvieron la información, consulta y participación
ciudadana en un hecho social importante como fue desarrollar una propuesta
o proyecto de ordenanza, que formara parte de la legislación municipal y
estipulara reglas para quienes habiten en el municipio Heres.

De igual manera, el texto constitucional se refiere a la participación en
el ámbito local, involucra a la administración como ente al servicios de los
ciudadanos y como deben incorporar la participación del pueblo en las
políticas públicas, dentro del desarrollo del proyecto se gestionaron varias
acciones por instituciones del estado y municipio que fueron respondidas de
forma inmediata, brindándoles servicios a las comunidad Makushi y las
comunidades cercanas.

En relación a esto se tienen como referentes los artículos siguientes:

Artículo 141. La Administración Pública está al servicio de los
ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad,
participación…..

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51 –
A niveles local y municipal Artículo 168. … Las actuaciones del
Municipio en el ámbito de sus competencias se cumplirán incorporando la
participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión
pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva,
suficiente y oportuna, conforme a la ley.

El pueblo como parte fundamental del proceso protagónico de
cambios en la legislación nacional, cuenta con el Art. 211 de la CRBV, donde
se señala lo siguiente:

“Artículo 211. La Asamblea Nacional o las Comisiones
Permanentes, durante el procedimiento de discusión y
aprobación de los proyectos de leyes, consultarán a los
otros órganos del Estado, a los ciudadanos y ciudadanas y a
la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos.
Tendrán derecho de palabra en la discusión de las leyes… los o
las representantes de la sociedad organizada, en los términos
que establezca el Reglamento de la Asamblea Nacional.”

El rol del pueblo es fundamental para la construcción de una nueva
patria y esto no es posible con leyes y ordenanzas que no se adaptan a los
nuevos esquemas nacionales, regionales y municipales, es por esto que el
citado artículo anterior (negrillas por los autores) indica que se debe
consultar a los ciudadanos y ciudadanas, así como también a la sociedad
organizada.

2. Ley Orgánica del Poder Popular:

Publicada en Gaceta Oficial Extraordinario Nro. 6011, de fecha 21 de
diciembre de 2010, es una de las leyes del poder popular promulgadas por la
ley habilitante y que menciona por primera vez en un texto legal la justicia
comunal, la cual se describe en el siguiente artículo:
.

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52 –
“Artículo 21. La justicia comunal es un ámbito de actuación del Poder
popular, a través de medios alternativos de justicia que promueven el
arbitraje, la conciliación, la mediación y cualquier otra forma de solución de
conflictos ante situaciones derivadas directamente del ejercicio del derecho a
la participación y a la convivencia comunal, de acuerdo a los principios
constitucionales del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, y
sin contravenir las competencias legales propias del sistema de justicia
ordinario.”

En este artículo se describe la actuación del poder popular en la justicia
venezolana, a través de los medios alternativos de resolución de conflictos,
así como también involucra la participación termino muy bien utilizado en el
desarrollo del proyecto realizado en la comunidad indígena Makushi, así
como también señala que a través de la convivencia comunal y el respeto a
los principios constitucional es que se puede consolidar el Estado de
Derecho e impartir la justicia que se requiere en las comunidades, es por
esto que se relaciona directamente con la propuesta de reforma de
ordenanza.

3. Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz
Comunal:

Esta ley completa regulariza todo lo relacionado a la Justicia de Paz
comunal y fue publicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela en
Caracas, 2 de mayo de 2012, Numero Nº 39.913, derogando la anterior ley
que era del año 1994.

4. Ordenanza para los procesos de elección de jueces de paz del
municipio Heres del estado bolívar:

Fue publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria 0132, de fecha 22-
03-2002, su contenido fue revisado exhaustivamente y solo se encontró las

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53 –
formas como se deben elegir los jueces de paz en el municipio, sin colocar
ningún articulo que hiciera referencia a la formación de los mismo de las
comunidades indígenas o de la participación de los integrantes de las
comunidades indígenas en estos procesos.

5. Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas:

En esta Ley se encuentra los siguientes Artículos relacionados con la
participación, el reconocimiento de la personalidad jurídica de los pueblos y
comunidades indígenas, entre los cuales se tienen:

Artículo 6; Que habla de la participación de los pueblos y
comunidades indígenas en la formulación de las políticas públicas.

Articulo 7; donde se reconoce la personalidad jurídica que tienen los
pueblos y comunidades indígenas.

Articulo 11; que se refiere a la consulta que se les debe hacer a las
comunidades y pueblos indígenas sobre toda actividad que le afecte.

Articulo 13; de la aprobación en asamblea de toda actividad y
proyecto.

Articulo 18; del respeto que se le debe tener a las autoridades
legitimas indígenas.

Así como también el Titulo VII, que se refiere a la Administración de
Justicia que va del Artículo 130 al 141.

V.3. FUNDAMENTACION SOCIO-POLITICA;

El proyecto nacional Simón Bolívar 2007-2013: ética, democracia y
política exterior en el primer plan social, contempla:

III. Ética, felicidad y propiedad: La Suprema Felicidad Social que
constituye una visión de largo plazo que tiene como punto de partida la

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54 –
construcción de una estructura social incluyente, construyendo así nuevo
modelo social, productivo, socialista, humanista, endógeno, donde todos
vivamos en similares condiciones rumbo a lo que decía Simón Bolívar: que
es “La Suprema Felicidad Social”. NACIÓN

La ley del Plan de la Patria Socialista 2013-2019, que fue desarrollada
por el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías y promulgada por el presidente
Nicolás Maduro, contiene en su artículo histórico numero II, la construcción
del socialismo bolivariano, este a su vez garantiza el objetivo nacional que es
construir una sociedad justa e igualitaria, esto conlleva a la organización
social para debatir y trabajar en el ordenamiento jurídico, para el bienestar
del colectivo.

Dentro del objetivo nacional se encuentra el objetivo estratégico y general
que estipula se amplíen las condiciones para garantizar los derechos de las
venezolanas y venezolanos, así como el respeto de la diversidad social, se
trabaja entonces en la construcción de un documentos jurídica, donde estén
presentes el respeto a la integridad física, etaria y cultural del colectivo, por la
sana convivencia.

Estos objetivos del Plan de la patria, son los siguientes: “Objetivo
Histórico; II. Continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI,
en Venezuela, como alternativa al modelo salvaje del capitalismo y con ello
asegurar “la mayor suma de felicidad posible, la mayor suma de seguridad
social y la mayor suma de estabilidad política”, para nuestro pueblo.
Objetivo Nacional:
2.2. Construir una Sociedad Justa e igualitaria.
Objetivos estratégicos y generales:
2.2.1.18. Ampliación de las condiciones que garanticen los derechos
de todos y todas, respetando la diversidad social, jurídica, física, etaria
y cultural presente en individuos y grupos.” (N. Maduro, 2013).

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55 –
VI. Sistematización de Experiencias y Evaluación del

Proceso:

VI.1. Momentos o Dimensiones de las experiencias:

Como parte de las políticas pública del Gobierno central el Ministerio
del Poder Popular para la Educación Superior se adapta a los nuevos
preceptos legales y por ende la Universidad Bolivariana de Venezuela como
valor socialista de este país, se traza la meta de la justicia social, por esto se
pone en práctica los proyectos comunitarios, que dan base para el desarrollo
de los trabajos de campo.

En este orden de ideas se inicia la labor del aula 4-4 del Programa de
Formación de Grados Estudios Jurídicos, realizan una intensa labor en pro
de la práctica social, de la forma siguiente:

Trayecto I. Proyecto I; Análisis Social de la Justicia. Tramos I, II y III.
(Del 14/11/2010 al 20/11/2011)10:

? Visita Exploratoria en Cardozo y Makushi, para determinar la comunidad
donde se iba a desarrollar el proyecto.

? Encuentro con Consejos Comunales, indígena y urbanos en el patio de
las casas de la familia Santos.

? Entrevista a Sabio (Manuel Santos) y Cacique de la Etnia (Marcelino
Santos), para recibir información acerca de los habitantes del sector y
recaudar información acerca de la historia de la comunidad.

? Entrevista a la Sra. Yesenia Montalvo del Consejo Comunal “La Victoria
de Cardozo”, en el patio de su casa debajo de la mata mango bastante
10
Nota: todas estas actividades cuentan con un registro fotográfico, anexo 14, pág. 113.

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56 –
frondosa relata los problemas que tuvieron con un anterior Consejo
Comunal.

? “Encuentro Navideño Comunal Indígena Makushi 2010”, con una
programación donde se involucraban las Instituciones de: U.B.V.
(Estudios Jurídicos), Fundación del Niño, SENIAT y los Consejos
Comunales de Cardozo y áreas cercanas, también fueron invitadas las
comunidades indígenas: Itoy Ponkon, Palmarito y Mayagua. Se realizó
encuentro deportivo y Donación de Juguetes aportados por funcionarios y
funcionarias del SENIAT. (anexo, 21 pág. 117).

? Se invitó al Sr. Crisbel Rodríguez, quien representa al Banco Central de
Venezuela y dio una Charla sobre la Seguridad de la Moneda, se
entregaron
llaveros,
chapas,
monederos,
koalas
y
bolígrafos,
representativos de la institución.

? Encuesta aplicada casa por casa para determinar la cantidad de
habitantes, los problemas fundamentales, y el Diagnostico Comunitario
general de la parte social, económica, política de la comunidad.

? Se le dono un bastón de patas al sabio de la Tribu, Gracias al aporte de la
Fundación Social Bolívar.

? Taller sobre: Cartas Agrarias, de permanencia por los alumnos Zulay
Arriechi e Hipócrates Palacios; Ley Indígena y Justicia de Paz, alumna
María García. (Modelo de rotafolio y trípticos, anexo 22, pág. 117).

? Como un aporte de la Coordinación de Participación Ciudadana de la
Alcaldía de Heres se le entrego a la comunidad la Ley Orgánica de las
Comunas, Entrega de cotillones, cholas y zapatos, como motivación a la
organización comunitaria.

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57 –
? Se organizaron mesas de trabajo para discutir la Ley y la Ordenanza de
Justicia de Paz e Indígena.

? Como un beneficio particular los estudiantes organizaron y ejecutaron una
Jornada despistaje de diabetes y vacunación, llevando a las Lcda.
Carmen Lozano y Zulay Arriechi.

? Taller para Multiplicadores en Contraloría Social Municipal y Organización
de Consejos Comunales dictado por la Coordinadora de Participación
Ciudadana, T. S. U. María García, de la Alcaldía de Heres. (tríptico, anexo
23, pág. 118).

? Taller de Tributos por la funcionaria del SENIAT, Seni González. (Tríptico,
anexo 24, pág. 119).

? Oficio al Presidente del Concejo Municipal Abg. Hernán Chiraspo y
Presidente de la Comisión de Legislación, invitación a debatir reforma de
ordenanza en el seno de la comunidad Makushi. (Oficio, anexo 25, pág.
119)

? Reunión con Presidente de la Comisión de Legislación del Consejo
Municipal Concejal Nicolás Figuera para plantear la propuesta de reforma
de ordenanza. (Oficio, anexo 25, Pág. 119)

? Estudiantes junto a comunidad realizaron mediciones y levantamiento
topográfico para delimitar el sector, lo que llevo al diseñó de un plano.

? Actividad política social donde participaron todos los habitantes del sector
Cardozo y sectores aledaños, realizado en la escuela del sector.

? Entrega de caja contentiva de alimentos para los habitantes de la
comunidad, aporte de los alumnos del aula ej4-4.

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58 –
Nota: todas las actividades de todos los semestres, cuenta con una planilla
de asistencia, acta de asamblea y plan de trabajo. (Anexo 34, pág. 125.)

Trayecto II. Proyecto II; Conflicto Social y Ordenamiento Jurídico.
Tramos IV, V y VI (del 25/03/2012 al 09/06/2013)11:

? Fórum Comunitario para proponer acciones a seguir con la propuesta de
ordenanza.

? Jornada de Elaboración de Títulos Supletorios, en la búsqueda de
legalizar las posesiones de los hermanos y hermanas indígenas.

? Asamblea comunitaria para nombrar la Comisión Mixta para impulsar
reforma de ordenanza.

? Celebración de aniversario del sector e integración de autoridades
universitarias y organizaciones sociales que hacen vida en áreas
cercanas a la comunidad.

? Donación de Libros a los habitantes de la comunidad y dinámica de
juegos.

? Firma de acta convenio para impartir clases de pemon en el seno de la
comunidad: Coordinación Indígenas UBV, Coordinación Idiomas UBV y
PFG Estudios.

? Inicio de las clases de pemon.

? Donación de Pizarra, borrador y marcadores para las clases de pemon.

? Inscripciones de los habitantes de la comunidad en las clases de pemon.
(Modelo de planilla de inscripción, anexo 26, pág. 120)
11
Nota: todas estas actividades cuentan con un registro fotográfico, anexo 15, pág. 114.

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59 –
? Reunión con caciques de la comunidad indígena Itoy Ponkon para invitar
a participar en la propuesta de la reforma de la ordenanza.

? Asamblea comunitaria para integrar autoridades indígenas de la UBV en
el desarrollo del proyecto.

? Presentación de cine de calle en la comunidad con apoyo de la Dirección
de Cultura de la Alcaldía de Heres (Invitación al cine, Anexo 26, pág. 120.)

? Jornada conjunta con la participación de instituciones, tales como; UBV,
Ministerio Publico, Defensoría del Pueblo, Prevención del Delito y
Protección Civil.

? Se incorporaron alumnos y alumnas de tutoría (UBV), a las actividades
dentro de la comunidad.

? Donación de Material Educativo a los habitantes de la comunidad que
participan en las clases de pemon (libretas, lápices y sacapuntas).

? Nuevamente se integró al Sr: Crisbel Rodríguez para dar otra Charla del
Banco Central de Venezuela. Donando carpetas tipo bolso de mano, kit
de primeros auxilios, bolígrafos y otros.

? Fue impartida en la comunidad una charla sobre la aplicación de primeros
auxilios dictada por el personal del 171.

? Estudiantes del aula ej4-4 dictaron una charla sobre justicia de paz
comunal, se entregó trípticos acerca de este nuevo término. (tríptico,
anexo 27, pág. 120).

? Realizado un evento deportivo y recreativo, donde se entrego la copa el
fogón de jader y medallas a los participantes. (Nota de prensa, Anexo 27,
pág. 120).

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60 –
? Jornada organizada por el instituto municipal indígena en la comunidad
Makushi. (Nota de prensa, Anexo 28, pág. 121).

? Fórum comunitario con Lcda. Janet Luna presidenta de la comisión de
legislación del concejo municipal, para plantearle la inquietud de reformar
la ordenanza de justicia de paz. (Oficio, Anexo 29, pág. 121).

? Clases de pemon todos los domingos luego de las demás actividades.

Trayecto III. Proyecto III; Ciudadanía e Igualdad real. Tramos VII y VIII.
(Del 10/10/2013 al 01/06/2014)12:

? Homenaje a Jessica Flores (alumna de tutoría fallecida en accidente de
tránsito), se invitaron a sus familiares. (Oficio y Nota luctuosa, anexo 29,
pág. 121).

? Charla para prevenir enfermedades de trasmisión sexual.

? Charla interactiva con personal de prevención del delito.

? Fue dictada por el estudiante Hipócrates Palacios una charla sobre
contratos.

? Taller de cambios estructurales en la legislación nacional, regional y
municipal en materia de justicia de paz, dictado por la alumna Coromoto
Pino.

? Charla sobre nueva ley de justicia de paz comunal dictada por el
estudiante Antonio Ponce y elaboración del Tuma plato típico indígena.

? Clases de pemon todos los domingos luego de las demás actividades.
12
Nota: todas estas actividades cuentan con un registro fotográfico, anexo 16, pág. 114.

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61 –
? Preparación de casabe, en el patio de la casa de la Sra. Hilda Santos,
con la yuca amarga cosechada por los hermanos indígenas.

? Donación de cartelera para que los hermanos Makushi coloquen las
actividades que realiza el consejo comunal.

Trayecto IV. Proyecto IV; Justicia Comunitaria. Tramos IX y X. (Del
14/03/2014 al 24/05/2015)13:

? Entrega de oficio al presidente de la comisión de legislación del
concejo municipal Abg. Carlos Rodríguez concejal, para solicitar
Derecho de palabra en reunión de mesa y así plantear la reforma de la
ordenanza. (Oficio, anexo 30, pág. 122)

? Reunión con Presidente de la Comisión de legislación para plantear la
reforma.

? Autorización del presidente de la comisión de legislación para elaborar
la propuesta de la reforma de la ordenanza. (05-06-2014)

? Elaboración de la propuesta de reforma de ordenanza. (Propuesta
entregada a los concejales, anexo 32, pág. 123)

? Oficio al Presidente Alexis del Nogal y demás miembros de la
Comisión de Legislación del Concejo Municipal para invitar a entrega
de la propuesta del proyecto de reforma de ordenanza. (Oficio, anexo
30, pág. 122)

? Fórum Comunitario para entregar a la comisión de legislación del
concejo municipal la propuesta de reforma de ordenanza. (Notas de
prensa, anexo 31, pág. 123)
13
Nota: todas estas actividades cuentan con un registro fotográfico, anexo 17, pág. 115.

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62 –
? Oficio al movimiento por la paz y la vida para un abordaje de los
jóvenes que lo integran, se realizaron actividades recreativas en la
comunidad. (Oficio, anexo 32, pág. 123).

? Donación de “Cheveritos” (revista de MINTUR), gracias a la
colaboración de la Dirección de Turismo Municipal y bañera con paral
para un bebe recién nacido de la comunidad.

? Clases de pemon todos los domingos luego de las demás actividades.

? Entrega de los certificados de aprobación del curso de pemon, a los
estudiantes, comunidad y reconocimientos a los profesores y
autoridades universitarias. (Modelo de certificados y reconocimientos,
anexo 33, pág. 124)

VI.2. Aprendizaje Construido Colectivamente:

El trabajo de campo implica una rica fuente de saberes que conlleva al
aprendizaje mutuo tanto de los investigadores como de los que participan
dentro de la investigación como sujetos de estudio, aplicando la experiencia
adquirida del método; acción participativa, se puede afirmar que la
enseñanza en la comunidad Indígena Makushi de Cardozo fue positiva,
lográndose una retroalimentación donde prevalecen las creencias, usos,
costumbres e historia de sus habitantes que tienen mucho que trasmitir, por
ser una población nómada que ha recorrido en el tiempo un espacio
geográfico amplio.

Los representantes de la Comunidad Indígena Makushi teniendo como
voceros principales para estas actividades, han manifestado lo siguiente:

Sr. Manuel Santos, Sabio de la Tribu: “es muy bueno todo”

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63 –
Sr. Marcelino Santos, Cacique de la Tribu: “Muy agradecido por todo lo que
han hecho, queremos seguir trabajando con ustedes”.

Sra. Elineide Santos: “Gracias no vayan a dejarnos solos”.

Niños, Niñas, y Adolescentes: “Sigan Viniendo”.

Marlirio Santos, nuevo cacique: “Agradecido por todo el apoyo prestado el
aprendizaje recibido”.

VI.3. Aprendizaje Obtenido en el Nivel Socio-académico:

La unidad Curricular Proyecto es el pilar fundamental para el trabajo
de campo donde universidad-comunidad se une con el fin de mejorar la
calidad de vida de las personas, así como también lograr la interacción de los
estudiantes con el trabajo práctico en la búsqueda de ganar una experiencia
de vida importante en su desarrollo profesional.

El método de trabajo es aplicable en la participación socio jurídica a
través de la Investigación-Acción-Participativa (I.A.P.)
por ser la más
adecuada para este tipo de tareas, entre las actividades a realizar existe un
vinculo entrelazado con la teoría que lleva a la práctica.

Cada una de las unidades curriculares que conforman el complemento
de los Programas de Formación de Grado de la Universidad Bolivariana de
Venezuela
se encuentra entrelazada en el desarrollo de la unidad de
Proyecto.

Es por esto que se debe estudiar a fondo el significado de cada una
de ellas y la relación directa que tienen con la Unidad Curricular Proyecto
para lograr un entendimiento generalizado de las acciones a seguir en el
trabajo comunitario, al igual que dejarle a la comunidad una visión clara de la
educación que se imparte en la universidad.

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64 –
Las líneas de investigación que guían al programa de grado Estudios
Jurídicos son: Sociedad, Justicia y Derecho; Estado, Derecho y Democracia;
Clases Sociales, Derechos Humanos y Justicia Social; y Atención Jurídica y
Políticas Públicas.

VI.3.1. Organización por Proyectos, según el Documento Rector
de la U.B.V.:

La organización por proyectos se encuentra muy ligada a la
articulación entre formación, investigación e interacción socio comunitaria,
desde este punto de vista, un proyecto es una investigación de un
tema/problema que por su pertinencia y relevancia merece estudiarse e
implica tanto la articulación de conocimientos como la participación
socializante de grupos de estudiantes que trasciende las tradicionalmente
denominadas clases.

El espacio organizativo de los estudiantes alrededor de un proyecto no
es la clase, sino el equipo o el grupo trabajando en torno a un problema, de
ahí que la característica fundamental de un proyecto es la de ser un esfuerzo
investigativo
deliberadamente
orientado
a
encontrar
respuestas
a
interrogantes o soluciones a un problema seleccionado de común acuerdo
entre el grupo de profesores y los estudiantes.

La meta de un proyecto no es sólo buscar respuestas o dar soluciones
sino también, y esencialmente, desarrollar competencias cognitivas amplias y
socio-afectivas del estudiante, en los proyectos los problemas y contextos
actúan como núcleos integradores de los conocimientos que necesariamente
implican prácticas interdisciplinarias o transdisciplinarias y, de manera
importante, un tratamiento transversal a partir del cual dos o más
componentes de formación contribuyen al conocimiento y solución esperado.

Los proyectos harán parte importante de la organización curricular
pero no constituyen en sí mismos un elemento agregado a otras unidades

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65 –
organizativas ni una unidad organizativa aparte y aislada de las demás. Son
unidades integrales e integradoras de trabajo que conforman el plan de
estudios y su realización implica las interacciones entre problemas y
conocimientos que pueden provenir de diferentes campos.

Por último, el grado de presencia de los proyectos en la organización
del currículo depende de varias condiciones como, por ejemplo, el número de
estudiantes, las posibilidades que se ofrezcan de tutoría y de seguimiento de
ellos mismos, los apoyos con los cuales se cuente (recursos bibliográficos,
tecnológicos, materiales, entre otros).

Por esto, la organización por proyectos puede alternar con otras
unidades organizativas del plan de estudios como las que se indican
seguidamente, pero cada programa de formación deberá incluir, al menos,
un proyecto anual que, por supuesto, irá incorporando crecientes niveles de
complejidad.
VI.3.2. Relación existente entre Proyecto y las
Curriculares del Programa de Formación de Grado
Unidades
Estudios
Jurídicos:

La Unidad Curricular Proyecto es una unidad integradora, se tiene
como un espacio donde interactúan todas las unidades curriculares, los
proyectos se tienen como las unidades centrales del plan de formación del
resto de las unidades que integran el programa de estudios jurídicos,
además de que estos tienen sustantividad propia, porque las unidades son
útiles al proyecto.

Se trata de priorizar que la observación social sea el punto de partida
que haga comprender el papel que juega el derecho en la sociedad, las
relaciones y los conflictos que está encargado de regular y resolver, en este
sentido la comunidad indígena Makushi preocupada por la solución de los

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66 –
conflictos que se viven en su comunidad se integraron a las actividades
convocadas por los estudiantes para desarrollar el proyecto.

Durante el trabajo de campo se aplicaron los conocimientos adquiridos
en aula y las unidades curriculares vinculadas directamente con el proyecto,
son las siguientes:

Trayecto I: de acuerdo al mapa curricular de la modalidad de estudio
aplicable al turno nocturno, en el primer año de estudio se contempla
aprender acerca de la sociedad, justicia y el derecho;

Las unidades relacionadas con Proyecto I (análisis, social de la
justicia) aplicadas en la comunidad indígena Makushi son; Sociedad, Estado
y Constitución, Antropología Jurídica, Ética, Pensamiento Político
Latinoamericano,
Análisis
Sociológico del
Derecho,
Historia
de
Venezuela, Complejidad Jurídica y Diversidad, Participación Ciudadana.

Trayecto II: en el segundo año de estudio se prevé el aprendizaje
acerca del Estado, Derecho y Democracia y las unidades son:

Proyecto II (conflicto social y ordenamiento jurídico); Sistema Político
y Constitución, Estado, Ética y Servicios Públicos, Estado y Resolución
de Conflictos, el Papel Social de la Familia, Aspectos Coercitivos de la
Norma Jurídica y Sanción Social.

Trayecto III: para el año tercero se aplicó las clases sociales,
derechos humanos y justicia social, siendo las unidades;

Proyecto III (ciudadanía e igualdad real): Pueblos indígenas y
Sistema Jurídico, Exclusión Social y Grupos Vulnerables, Derechos
Humanos y Modelos de Desarrollo, Redacción Documental, Igualdad,
Diversidad y Jurisprudencia, Acompañamiento a Proyecto.

Trayecto IV: para el último año (cuarto), se relacionó la atención
jurídica y políticas públicas, las unidades que se relacionan son:

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Proyecto IV (justicia comunitaria): Resolución Judicial del Conflicto,
Delitos y Exclusión Social, Medios Alternativos de Resolución de
Conflictos, Sistema de Protección Social, Propiedad y Derecho,
Acompañamiento Socio Jurídico.

Aun cuando todas se relacionan con el trabajo investigativo realizado
en la comunidad indígena Makushi las unidades antes mencionadas se
vinculan
directamente,
con
el
desarrollo
del
proyecto
comunitario
desarrollado, el aprendizaje obtenido a través de ellas sirvió de base para
que los estudiantes pudieran desempeñar su sistematización, planificación y
ejecución de actividades programadas durante los años de estudio.

VI.5. Sujetos involucrados en todo el Proceso del Proyecto:

1) Logros y Soluciones encontradas: (estudiantes – docente – comunidad)

? Seleccionar a la Comunidad Indígena Makushi para el trabajo de
Campo.

? Integración de la Universidad – Comunidad.

? Reforzar los conocimientos acerca de la etnia Pemón.

? Construir planes de trabajos conjuntos.

? Dictar charlas para el aprendizaje mutuo.

? Compartir diversas actividades que enriquecen el aprendizaje.

? Motivar a los voceros y voceras del consejo comunal para que
realicen sus labores.

? Diferentes donaciones para mejorar la calidad de vida de los
habitantes del sector.

Limitaciones y Obstáculos: (que no se lograron concluir o atender).

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Dentro de las diversas propuestas realizadas por los habitantes de la
comunidad se establecieron otras necesidades en las cuales se solicitaba el
apoyo, tales como:

– Trabajar en la tenencia de la tierra de todo el sector Cardozo.

– La obtención de la carta agraria común para la comunidad Makushi.

– Carencia de servicios básicos; asfaltado, agua de tubería, cloacas,
alumbrado público, entre otros.

Estos problemas no pudieron ser atendidos, en algunos casos solo se les
brindo asesoría técnica a los nativos Makushi para que se motivaran a
solucionar estos problemas de manera individual, para concretar las
limitaciones hay un cuadro comparativo. (Anexo Tabla 8, pág. 110).

VI.6. Análisis de las instituciones públicas u organizaciones
sociales: (Tabla Nro. 09, anexo en pág. 111).

? Accesibilidad: El Concejo Municipal de Heres fue llamado a la
participación y el presidente de la comisión de legislación se muestra
favorable ante el problema, así como el resto de la comisión ha sido
una receptividad buena en la solución del objetivo planteado. La
Comunidad y el Consejo Comunal Makushi han mostrado ser
accesibles y están ganados al trabajo, los estudiantes y el docente de
la Universidad Bolivariana de Venezuela también están dispuestos a
apoyar en todo el proceso.

? Receptividad: La comisión de legislación del Concejo Municipal ha
sido puerta abierta para la recepción de la propuesta de reforma de la
ordenanza y han participado en las asambleas realizadas en la
comunidad, el Consejo Comunal está dispuesto así como los
estudiantes y el docente a impulsar el proyecto.

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? Consideraciones Relevantes:

?La ordenanza actual en materia de Justicia de Paz no está adecuada
a las nuevas normativas, es importante que los estudiantes de
Derecho realicen un análisis exhaustivo de la legislación venezolana
para contribuir a su adecuación.

?La Universidad Bolivariana de Venezuela a través del Programa de
Formación de Grado Estudios Jurídicos, abre las puertas al
aprendizaje colectivo y a la integración de las comunidades al
proceso socio – educativo impulsando el trabajo de campo con los
proyectos comunitarios.

?La receptividad de los habitantes de las comunidades es efectiva para
el estudiantado de la U.B.V. considerándolos parte fundamental del
desarrollo de su comunidad por la vía de la obtención de
conocimientos.

?La integración comunidad – universidad es un norte invaluable que se
debe continuar aplicando a través de los diversos programas de
formación de grado para mantenerse el lazo de unión con los
diferentes sectores y así impulsar las políticas públicas que imprime
el Gobierno Nacional.

?Desarrollar una propuesta de ordenanza es un derecho constitucional
que tienen los ciudadanos y ciudadanas, y se puede lograr con el
análisis de la normativa, con la integración del poder popular y sus
organizaciones sociales, y la discusión socializada de todos los
habitantes del municipio en sinergia con las instituciones públicas a
nivel local.

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70 –
VII. Marco Metodológico.

VII.1 Diseño de la Investigación.

Para el trabajo de campo investigativo desarrollado en la comunidad
indígena Makushi, se utilizaron, las etapas de la investigación acción
participativa, que de acuerdo a Joel Martí, en el año 2002 en su texto
Investigación Social Participativa, las citaba como:

VII.1.1. Primera Etapa. Diseño de la I.A.P.:

Utilizando documentación que ya existe, (leyes y ordenanza), se
intenta conocer el territorio y acercase al problema haciendo entrevistas a
representantes de los consejos comunales, organizaciones sociales y de las
instituciones.

? Se recolecta la información.

? Se forman comisiones de seguimiento del proyecto.

? Se constituyen los GIAP (Grupo de Investigación-Acción Participativa).

? Se Introducen elementos analizadores.

? Inicia el trabajo de campo haciendo entrevistas personales a
representantes de las instituciones y asociaciones.

? Se elabora el primer informe para poder discutirlo.

VII.1.2. Segunda Etapa. Diagnóstico e Informe:

? Se da el proceso de retroalimentación donde los participantes se
abren a todos los conocimientos y puntos de vista que existen
utilizando métodos participativos.

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71 –
? Continúa el trabajo de campo realizando entrevistas en grupo a
personas de la comunidad que no sean dirigentes.

? Se analizan los contenidos de las entrevistas.

? Se elabora el segundo informe para discutirlo.

VII.1.3. Tercera Etapa. Evolución y Programación:

? Se construyen las propuestas y se da el proceso de negociación con
los diferentes agentes sociales e institucionales.

? Se realizan talleres.

? Se construye las propuestas de acción de ordenanza.

? Se elabora y entrega el informe final.

VII.1.4. Etapa después de la Investigación:

? Se pone en marcha la propuesta (en la medida en que sea posible) y
se evalúa todo el proceso.

VII.2. Paradigma de la Investigación:

El paradigma utilizado durante la investigación es el socio crítico, es
dialectico, y tiene como naturaleza el acercamiento a la realidad, porque no
solo la interpreta sino que además la transforma, los métodos y técnicas que
utiliza es la teoría crítica de la realidad, es decir asume una posición
dialectico materialista sobre ella14.

Utiliza los métodos cuantitativos y cualitativos, sus objetivos son
analizar las transformaciones sociales para ofrecer respuesta a los
14
Información suministrada por el Prof. Daniel Rodríguez en el aula de clases durante el
desarrollo de la unidad curricular: acompañamiento a proyecto.

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72 –
problemas. La posición del investigador su fundamenta en acciones que se
desarrollan en un contexto dado.

Se vincula con la teoría y la práctica en la construcción del
conocimiento, se produce en acción unos teóricos y una práctica:
conocimiento, acciones, y valores. Este paradigma trabaja con el I. A.P.,
porque ambos persiguen interpretar la realidad y transformarla.

De acuerdo a Freire: “El individuo es el sujeto activo de su propio
conocimiento y construye su ser”.

VII.3. Tipo de Investigación.

La investigación desarrollada se basa en el I. A. P. cuyo propósito es
trasformar la realidad y el entorno, se trata del discurso de una realidad
histórica que se concreta.

De acuerdo a Ezequiel Ander-Egg en su texto “Repensando la
Investigación-Acción Participativa”, obra escrita en 1990 y modificada
finalmente en el año 2003, señala que:

“El punto de partida de toda investigación social aplicada es, en
su naturaleza, idéntico al punto de partida de toda acción
humana: la existencia de una situación-problema que requiere
encontrar una respuesta o solución. En la metodología
convencional o clásica, investigar es frecuentemente resolver
problemas de investigación (que pueden tener o no interés
práctico).”

Con el I. A. P., investigar es estudiar una realidad con el fin de resolver
problemas que son significativos para un determinado grupo o colectivo que
tiene el propósito o deseo de superarlos, congruentemente con este
principio, hay que derivar todo el proceso de investigación.

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De acuerdo a Kurt Lewin -que fue quien acuñó el término
"investigación-acción"- había indicado que el proceso se inicia porque hay
una insatisfacción con un estado actual de cosas.

VII.4. Población.

Al iniciar un proceso de estudio se debe tomar en cuenta el recurso
humano que es el más valioso, se trabaja en una comunidad determinada
que está compuesta por una población, que definen los siguientes autores,
como:

"Una población es un conjunto de todos los elementos que
estamos estudiando, acerca de los cuales intentamos sacar
conclusiones". Levin & Rubin (1996).

VII.5. Muestra.

Dentro del marco de la investigación al hacer una encuesta es
importante tomar solo una parte de la población para realizar las preguntas, o
las visitas casa por casa este pequeño grupo de personas se conocen en el
marco metodológico como muestra y fue definida por estos autores como;

"Se llama muestra a una parte de la población a estudiar que
sirve para representarla". Murria R. Spiegel (1991).

"Una muestra es una colección de algunos elementos de la
población, pero no de todos". Levin & Rubin (1996).

VII.6. Técnicas e instrumentos de recolección de datos.

Las técnicas e instrumentos de recolección de datos mayormente
conocidas y utilizadas en la investigación son las representadas por Joel
Martí, las cuales son:

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? Observación participante y otras notas de campo.

? Entrevistas individuales y grupales.

? Información secundaria.

? Discusiones y propuestas de los grupos investigación.

? Discursos y propuestas de la comisión de seguimientos.

? Análisis de los resultados.

VII.7. Presentación de Resultados.

Para la obtención de los datos requeridos en esta investigación se
seleccionó como técnica para recolectar la información la encuesta, la cual
Sierra (2000:305) “consiste en la obtención de datos de interés mediante la
interrogación a los miembros de la sociedad”.

El autor precitado señala que el instrumento básico de esta técnica es
el cuestionario de opinión que “es un conjunto de preguntas, preparado
cuidadosamente, sobre los hechos y aspectos que le interesan en una
investigación para su contestación por la población o muestra a que se
extiende el estudio” (Sierra, 2000:306).

Así como también el Fórum Comu

Partes: 1, 2, 3
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